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Senado insta a reglamentar uso de drones

Asuncióon, IP.- El senador Arnoldo Wiens presentó un proyecto de Declaración por el que se insta a la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (Dinac) a reglamentar el uso de aeronaves pilotadas a distancia (“RPAS” por sus siglas en inglés), en asuntos de interés público que se efectúen sobre áreas pobladas, de manera a garantizar la seguridad de dichas operaciones y de la ciudadanía en general.

“Las aeronaves pilotadas a distancia constituyen artefactos diseñados para operar sin un piloto a bordo, capaz de sustentarse en vuelo de acuerdo a sus formas aerodinámicas, por medios de control a través de sistemas electrónicos”, argumentó Arnoldo Wiens.

Refiere que en el año 1944, cuando se firma el Convenio de Chicago, la comunidad aeronáutica ya manifestaba preocupación por las «Aeronaves sin Piloto», las que a partir de esa fecha comenzaron a tener gran desarrollo en el ámbito militar, cumpliendo hoy múltiples misiones en diversos escenarios bélicos.

“En el ámbito civil, el empleo de «RPAS», ya se visualiza como una gran oportunidad para realizar funciones en varias materias, constituyéndose en una herramienta muy práctica para labores de servicio de interés público, como por ejemplo, captación rápida de noticias de relevancia para el país, control de fronteras y otras actividades de inspección, fotografías y filmación desde altura”, indicó.

Añadió que ante este nuevo escenario, se insta a la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (Dinac) “a tomar los recaudos legales y técnicos pertinentes respecto a la operación de este tipo de aeronaves, en particular los que refieren a servicios de interés público, a fin de proporcionar un adecuado margen de seguridad operacional, como también garantizar la intimidad personal o familiar de terceros”.

Wiens hace referencia a derechos garantizados en nuestra Carta Magna, que guardan relación con aspectos a ser considerados al momento de legislar la materia, como ser el artículo 9 “De la libertad y de la seguridad de las personas”; y el artículo 33 “Del derecho a la intimidad”.

“Los aparatos comúnmente denominados drones, son artefactos voladores sofisticados, relativamente no muy costosos, de un gran espectro de marcas de dudosa calidad y seguridad que por estas condiciones constituyen, al no estar regulados, un factor de riesgo muy probable para la seguridad física y la intimidad de la población” remarca.

Igualmente menciona que países de la región, como Argentina, Chile y Colombia, ya poseen normativas que regulan la utilización de los mencionados aparatos.

El documento declaratorio expresa, en su artículo 1°, “Instar a la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (Dinac) a reglamentar el uso de aeronaves pilotadas a distancia (RPAS), en asuntos de interés público, que se efectúen sobre áreas pobladas, a fin de garantizar la seguridad aeronáutica y el derecho a la intimidad de las personas”.

La propuesta fue ingresada en la sesión ordinaria del pasado 8 de octubre y girada a la Comisión de Peticiones, Poderes y Reglamentos.